domingo, 9 de mayo de 2010

BREVE RESEÑA DE LA EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL EN URUGUAY

CONSTITUCIÓN AÑO

PODER LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO

PODER

JUDICIAL

DEPARTA-

MENTOS

CIUDADANÍA Y SUFRAGIO

INNOVACIO-

NES

1830.

Creación conforme a pactos de los países del Río de la Plata

BICAMERAL. Diputados elegidos directamente, Senadores por un colegio elegido por el Cuerpo Electoral (CE.).

UNIPERSONAL. Presidente elegido por la Asamblea General. Solo tres Ministros.

Alta Corte de Justicia (órgano máximo), Tribunales de Apelaciones, Jueces Letrados y Jueces de Paz.

Jefe Político elegido por el Presidente y Junta Económico – administrativa.

Sufragio limitado (hombres, no peones – sirvientes a sueldo – analfabetos) y público. Muchas limitaciones a los ciudadanos legales.

1918.

Reformada conforme a los procedimientos contenidos en la anterior Constitución.

BICAMERAL

Diputados elegidos directamente, Senadores indirectamente.

COLEGIADO (bicéfalo).

Presidente de la República (gobierno) y un Consejo Nacional de Administración (administraba) (nueve miembros – 6 partido ganador, 3 partido perdedor). Ambos elegidos por el C. E. Mayoría simple

IDEM

Asamblea Representativa (3 a 7 miembros) elegidos directamente por el C. E. Más autonomía en la gestión.

Inscripción en el Registro Cívico.

Secreto. Representación proporcional.

Obligatorio.

Habilitación de la mujer para votar (recién se legisla en 1932)

Laicización del Estado (separación de la Iglesia – Estado).

Tendencia a la descentralización del poder del Estado.

Supresión de la pena de muerte.

Habeas Corpus.

Art. 72

1934.

Reformada por medios no constitucionales. Golpe de Estado de Terra.

BICAMERAL.

Diputados – idem. Senadores elegidos directamente, 15 para el ganador y 15 para el segundo más votado + vicepresidente del partido ganador.

UNIPERSONAL.

El Presidente (elegidos popularmente) actuaba con uno o varios ministros, o con el Consejo de Ministros.

Suprema Corte de Justicia (órgano máximo), después IDEM

Creación del Intendente y las Juntas Departamentales.

Elegidos por el

C. E.

Voto secreto, obligatorio, representación proporcional.

Derechos Sociales.

Corte Electoral (creada por ley del año 24).

Tribunal de Cuentas.

CONSTITUCIÓN AÑO

PODER LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO

PODER

JUDICIAL

DEPARTA-

MENTOS

CIUDADANÍA Y SUFRAGIO

INNOVACIO-

NES

1942.

Reformada por medios no constitucionales. Golpe de Estado de Baldomir

BICAMERAL.

Diputados – idem. Senadores elegidos directamente por el C. E. Ambas cámaras elegidas por representación proporcional.

UNIPERSONAL.

El Presidente (elegidos popularmente) actuaba con uno o varios ministros, o con el Consejo de Ministros.

IDEM

IDEM

IDEM

Artículo 228 (hoy 332).

1952.

Reformada conforme a los procedimientos contenidos en la anterior constitución

IDEM

Consejo Nacional de Gobierno (9 miembros, 6 ganador y 3 segundo en votos). Colegiado Integral.

IDEM

IDEM

IDEM

Tribunal de lo Contencioso Administrativo (creado por ley en el 34)

1967.

Reformada conforme a los procedimientos contenidos en la anterior constitución

IDEM

UNIPERSONAL. Ídem a la Const. 42

IDEM

IDEM

IDEM

IDEM

1997.

Reformada conforme a los procedimientos contenidos en la anterior constitución

IDEM

Ídem. Elección por mayoría absoluta o segunda vuelta con mayoría simple.

IDEM

IDEM

IDEM

Balotage. Las elecciones de los Poderes L. y E. son separadas de la de las Intendencias

Profesor Leonardo Landeira.

Fuente: Primer curso de Derecho Público. José Korzeniak

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